Qué es la formación bonificada para empresas?
Formar a tu equipo es vital para la empresa
La formación dentro de la empresa es una herramienta clave para la realización profesional de tu equipo, y los conocimientos adquiridos potenciarán el desarrollo de tu negocio.
Todas las empresas disfrutan de un fondo económico para la formación continua (mínimo 420 € en el año). Cada empresa puede elegir qué formación quiere hacer, con qué contenidos, como y cuando lo hace. Para tu empresa esta formación resulta gratuita, puesto que el importe de la factura será deducido de la Seguridad Social, del fondo que la propia empresa dispone.
La formación resulta gratuita para tu empresa
Cursos 100% personalizados
Gestionamos todo el proceso
Requisitos para beneficiarse de la formación continua:
- Ser empresa privada.
- Estar al corriente de pago a la Seguridad Social y Hacienda.
- Firmar un Contrato de Encomienda de Servicio.
Por su parte, el alumno/trabajador tiene que cumplir los siguientes requisitos:
- Ser trabajador acogido al régimen general de la Seguridad Social al inicio del curso.
- Rellenar la ficha de inscripción en el curso.
- Realizar el 75% de las pruebas de evaluación en nuestra plataforma de teleformación o asistir al 75% de las sesiones presenciales.
Recordad que si esta cantidad para la formación de los trabajadores no se utiliza, en 2 años se pierde.
¿Cómo lo hacemos?
- Es calcula el crèdit que té l’empresa i es decideix el tipus de formació que demana l’empresa
- Es comunica l’inici del curs a la FUNDAE, vuit dies abans de l’inici del curs
- Es realitza la formació
- L’empresa fa el pagament de la factura de la formació
- Es comunica la finalització del curs
- L’empresa s’ho descompta del pagament del TC del mes en què ha finalitzat la formació
A nivell formatiu desenvolupem totes les fases del procés, des de la detecció de les necessitats formatives, fins a l’avaluació i seguiment de la formació i dels seus resultats.
Confia en la nostra experiència i recull tots els beneficis.
Normativa legal
- La Formación Continua ayuda a los trabajadores a que realicen cursos de formación adecuados a las necesidades que en cada momento necesiten las empresas de forma bonificada.
- La Administración, regula el modelo de gestión de la Formación Continua mediante el Real Decreto 1046/2003 (BOE N.º 219 del 12/09/03) y la modificación del Real Decreto 395/2007, de 23 de marzo, en materia de la Formación Continua.
- La publicación del Real decreto ley 4/2015, de 22 de marzo, para la reforma urgente del Sistema de Formación Profesional para la Ocupación en el ámbito laboral implica novedades y modificaciones respecto al anterior (Real Decreto 395/2007 y Orden TAS 2307 / 2007).
- Ley 30/2015, de 9 de septiembre, por la cual se regula el Sistema de Formación Profesional para la ocupación en el ámbito laboral.
Preguntas frecuentes
A continuació resolem algunes de les preguntes més freqüents sobre la formació bonificada, del procés de bonificació i tràmits a realitzar.
¿Qué trabajadores podrán beneficiarse de las acciones de Formación continua?
¿Qué empresas podrán ser bonificadas?
Qué pasos hay que seguir para realizar un curso de formación continua con Ábaco Formación?
Seguidamente, tendrá que remitirnos firmada la Ficha de Inscripción en el curso deseado. En el supuesto de que la empresa disponga de Representante Legal de los Trabajadores (RLT) la ficha de inscripción también tiene que ser firmada por ellos.
Estos documentos los puede remitir por correo postal o llevarlos personalmente a nuestras oficinas.
Una vez recibida esta documentación nos pondremos en contacto con usted para indicar las fechas de inicio y finalización del curso:
- Si es un curso presencial o semipresencial, el primer día de clase recibirá: instrucciones sobre el desarrollo del curso, el manual, una maleta con todo el material didáctico necesario.
- Si es un curso en línea (por internet) recibirá una cuenta de usuario y una contraseña para acceder a nuestra plataforma de tele formación, desde la cual recibirá las instrucciones para la realización del curso.
En un plazo máximo de 2 meses desde la fecha de finalización del curso recibirá su diploma acreditativo de la formación realizada.
Cuando se aplica la bonificación?
Una vez finalizada el curso la empresa recibirá una circular nuestra en que se le indicará la cuantía a bonificar y el mes en que tendrá que aplicar esta bonificación a sus seguros sociales
La aplicación de la bonificación en la cotización exige que la empresa se encuentre al corriente de pago en sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social.
Cómo se aplica la bonificación?
Intermediando TC normalizado:
Las empresas de menos de manantial trabajadores que no presentan TC2 (relación nominal de trabajadores) a través del sistema RED, tendrán que presentar un TC1 complementario que no puerta asociado TC2.
Tendrá que rellenar en las casillas de la derecha los siguientes códigos:
CL = 4 y CC = 95. Este TC1 complementario solo tiene que detallar el importe relativo a las bonificaciones por formación, casilla 601. Su presentación se realizará a la TGSS.
Mediante Sistema RED:
El importe a bonificar se rellenará en el segmento EDTCA80 casilla 763 «Bonificación SEPE Formación Continua» (Se acumula automáticamente a la casilla 601).
En ambos casos, si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de su empresa), la TGSS procederá a su reembolso.
Cómo se tiene que considerar la bonificación a efectos de contabilidad?
A efectos contables, la bonificación puede considerarse como una subvención y, por lo tanto contabilizar de la siguiente manera:
- Atendido su carácter específico, se puede optar para abrir una cuenta contable en lo sub-grupo 74 («Subvenciones a la explotación») que se podría denominar y numerar como «Subvenciones por formación bonificada».
- En vez del subgrupo 75 («Otros Ingresos de gestión»).
Como saber el crédito de que dispone la empresa para realizar cursos?
Cómo inscribirse en los cursos?
Paso 1:
La empresa a la cual pertenece el trabajador tiene que rellenar y firmar el Contrato de Encomana de Servicio del Convenio de Agrupación de Empresas.
Paso 2:
El alumno/trabajador tiene que rellenar la ficha de inscripción según el curso que quiera realizar y adjuntar una copia del DNI y una copia de la cabecera superior de la nómina. La ficha de inscripción lo tiene que firmar, si se da el caso, el representante de los trabajadores.
Paso 3:
Enviarlo todo al fax 973.262.967 o escanearla y enviarla por email abacformacio@abacformacio.com. También puede enviarlo por correo postal o llevarlo personalmente a:
ÀbacFormació SL
C/ Pica d’Estats, 22
25006 Lleida
NOTA: precisamos el original del contrato de encomienda y de la ficha de inscripción.
Desarrollo del curso, bonificación y cobro
- Si es un curso en linea (por internet): una cuenta de usuario y una contraseña para acceder a nuestra plataforma de teleformación, desde la cual recibirá las instrucciones para la realización del curso.
- Una vez que se inicie el curso, Abac Formació presentará una factura, por el importe del curso, a su empresa y (si hace falta) nos comunicaremos con su asesor laboral porque se bonifique ante la Seguridad Social el importe de la factura.
- En un plazo máximo de dos meses desde la fecha de finalización del curso recibirá su diploma acreditativo de la formación realizada.
Contacta con nosotros sin compromiso y descubre cómo se puede beneficiar tu empresa de la Formación Continua.