La formación dentro de la empresa es una herramienta clave para la realización profesional de tu equipo, y los conocimientos adquiridos potenciarán el desarrollo de tu negocio.
Todas las empresas disfrutan de un fondo económico para la formación continua (mínimo 420 € en el año). Cada empresa puede elegir qué formación quiere hacer, con qué contenidos, cómo y cuándo lo hace. Para tu empresa esta formación resulta gratuita, puesto que el importe de la factura será deducido de la Seguridad Social, del fondo que la propia empresa dispone.
Podemos asumir la gestión administrativa de los trámites de bonificación por tu empresa, con todas las garantías.
Cada empresa puede elegir qué formación quiere hacer, con qué contenidos, cómo y cuándo lo hace.
En Ábac Formació desarrollamos todas las fases del proceso, desde la detección de las necesidades formativas, hasta la evaluación y seguimiento de la formación y de sus resultados.
Todas las empresas que estén al corriente de pago a la Seguridad Social y Hacienda, disponen de una cantidad mínima anual de 420 € para la formación de sus trabajadores, si cumplen los siguientes requisitos:
Por su parte, el alumno/trabajador tiene que cumplir los siguientes requisitos:
Ábac Formació, como centro proveedor de Formación y Entidad Organizadora homologado por la Fundación Tripartita (actualmente FUNDAE), prestamos servicios de formación profesional ocupacional, continua, en modalidad presencial y en línea, con el compromiso de ofrecer la máxima calidad en la prestación del servicio, garantizando la satisfacción de nuestros clientes.
Todas las empresas que estén al corriente de pago a la Seguridad Social y Hacienda, disponen de una cantidad mínima anual de 420 € para la formación de sus trabajadores, si cumplen los siguientes requisitos:
Por su parte, el alumno/trabajador tiene que cumplir los siguientes requisitos:
Todos los trabajadores en activo que coticen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional, tal como establece la normativa aplicable.
Todas las empresas que tengan algún centro de trabajo en España que coticen a la Seguridad Social en concepto de Formación Profesional.
Las bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social pueden aplicarse a partir del boletín de cotización correspondiente al mes en que haya finalizado el grupo de formación y haya sido notificado a través de la página web de la Fundación Tripartita para la Formación en la Ocupación, y en todo caso, con anterioridad a la fecha en que finaliza el plazo de presentación del boletín de cotización correspondiente al mes de diciembre del mismo ejercicio económico.
Una vez finalizada el curso la empresa recibirá una circular nuestra en que se le indicará la cuantía a bonificar y el mes en que tendrá que aplicar esta bonificación a sus seguros sociales.
La aplicación de la bonificación en la cotización exige que la empresa se encuentre al corriente de pago en sus obligaciones de cotización a la Seguridad Social.
Intermediando TC normalizado:
Las empresas de menos de manantial trabajadores que no presentan TC2 (relación nominal de trabajadores) a través del sistema RED, tendrán que presentar un TC1 complementario que no lleva asociado TC2.
Tendrá que rellenar en las casillas de la derecha los siguientes códigos:
CL = 4 y CC = 95. Este TC1 complementario solo tiene que detallar el importe relativo a las bonificaciones por formación, casilla 601. Su presentación se realizará a la TGSS.
Mediante Sistema RED:
El importe a bonificar se rellenará en el segmento EDTCA80 casilla 763 “Bonificación SEPE Formación Continua” (Se acumula automáticamente a la casilla 601).
En ambos casos, si el saldo es acreedor (el importe a bonificar es superior a la cotización de su empresa), la TGSS procederá a su reembolso.
A efectos contables, la bonificación puede considerarse como una subvención y, por lo tanto contabilizar de la siguiente manera:
1:
La empresa a la cual pertenece el trabajador tiene que rellenar y firmar el Contrato de Encomana de Servicio del Convenio de Agrupación de Empresas.
2:
El alumno/trabajador tiene que rellenar la ficha de inscripción según el curso que quiera realizar y adjuntar una copia del DNI y una copia de la cabecera superior de la nómina. La ficha de inscripción lo tiene que firmar, si se da el caso, el representante de los trabajadores.
3:
Enviarlo todo al fax 973.262.967 o escanearla y enviarla por email abacformacio@abacformacio.com. También puede enviarlo por correo postal o llevarlo personalmente a:
ÀbacFormació SL
C/ Pica de Estados, 22
25006 Lleida
NOTA: precisamos el original del contrato de encomienda y de la ficha de inscripción.
No olvides que en Ábac Formació nos podemos ocupar de todos los trámites burocráticos y asesorar en todas las fases del proceso: desde la detección de las necesidades formativas, hasta la evaluación y seguimiento de la formación y de sus resultados.
Contacta con nosotros sin compromiso y descubre como se puede beneficiar tu empresa de la Formación Continua.